
Obligaciones para Empresas Especializadas (REPSE). IMSS
Aquellas personas físicas y morales una vez que obtuvieron el registro conocido como REPSE por parte de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social deben cumplir con las siguientes obligaciones ante el IMSS a fin de que nos les cancelen su registro.
(Aquí puede ir un foto Viri de un CLÍNICA DEL IMSS)
IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social
Obligación: En los meses de enero, mayo y septiembre deberán enviar al IMSS información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas. En su caso si no tuvieron contratos entonces deberán enviar también el aviso sin operaciones.
Fundamento: Art. 15 A, párrafo tercero. Ley del Seguro Social
Si estás obligado y cuentas con tu registro deberás encontrar tu nombre o el de tu empresa en el padrón de contratistas: https://repse.stps.gob.mx/ Sección: Consulta catálogo.
Temporalidad
Cuatrimestral: Por ejemplo el cuatrimestre que comprende los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre se podrá comenzar a capturar a partir del primer día del cuatrimestre a reportar por ejemplo primero de septiembre 2021, el envío se podría realizar a partir del primer día del mes inmediato posterior en que se debe enviar y hasta el día 17 . Si la captura la realizas el día 18 enero 2022, ya no habrás presentado tu información en tiempo.
Calendario
Cuatrimestre ( septiembre , octubre, noviembre, diciembre ) Límite envío: 17 enero
Cuatrimestre ( enero, febrero, marzo, abril ) Límite envío: 17 mayo
Cuatrimestre ( mayo, junio, julio, agosto ) Límite envío : 17 septiembre
Nota: Si no celebraste contratos si se presentará la informativa bajo la modalidad sin información.
Medio de presentación
Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados ( ICSOE )
Esta es la herramienta electrónica del IMSS implementada y administrada por el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportarán al Instituto la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada.
Página del IMSS: https://www.imss.gob.mx/icsoe
Puntos a considerar
En una sola informativa pueden presentar varios contratos, no es necesario presentar un informativa por contrato.
Los contratos celebrados con empresas extranjeras, no se deberán reportar en el ICSOE. Si solo tuviste este tipo de contratos en el cuatrimestre a reportar, debes presentar una informativa de tipo “sin información”.
Sobre el domicilio a capturar en el formato hay que considerar:
Para personas físicas el domicilio fiscal a capturar es:
a) Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.
b) Cuando no realicen las actividades empresariales, el local que utilicen para el desempeño de sus actividades.
c) En los casos en que la persona física, no cuente con local sería el domicilio de su casa habitación.
Para personas morales:
Domicilio social: Es el lugar desde donde se encuentra su administración y figura en su acta constitutiva.
Para personas morales y físicas:
Domicilio convencional: El que la persona física o moral fija en sus contratos para el cumplimiento de las obligaciones que estos originen o para determinar el tribunal competente en razón del territorio.
Requerimientos para ingresar al programa:
E.Firma vigente del contratista ó usuario y contraseña del capturista
Multa
Si estás obligado y no presentas la información de los contratos el IMSS puede sancionarte con una multa de 500 a 2000 UMA´s
Fundamento: artículo 304 A, párrafo primero, fracción XXII, en relación con el artículo 304 B, párrafo primero, fracción V de la Ley del Seguro Social.
Fuente: https://www.imss.gob.mx/icsoe/
- Es importante recordar que el REPSE debe renovarse cada 3 años. De ahí la importancia de tener presente cuando se realizó el registro.
Para mayor información: https://repse.stps.gob.mx/assets/GUIA_REPSE.pdf