
Nueva Prórroga para RESICO – Personas físicas
Apenas el pasado viernes 30 de junio 2023 el SAT en su Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 – 2da versión anticipada -, dio nuevamente una prórroga para las personas físicas que tributan en Régimen Simplificado de Confianza.
Tres son los puntos en los que se amplian los plazos hasta el 2 de octubre 2023.
- Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO, podrán emitir sus CFDI a través de las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma. Fundamento. Art.Transitorio Vigésimo Quinto . RMF 2023
- Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO, deberán contar con buzón tributario habilitado, a más tardar el 2 de octubre de 2023, si no lo hacen perderán el beneficio de pertenecer al Régimen Simplificado de Confianza. Fundamento. Art. Transitorio Vigésimo Sexto. RMF 2023
- Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO, deberán tener su e.firma activa a más tardar el 2 de octubre de 2023. De lo contrario no podrán facturar. Fundamento Art. Transitorio Vigésimo Séptimo. RMF 2023