Nueva Prórroga para RESICO – Personas físicas

Apenas el pasado viernes 30 de junio 2023 el SAT en su Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 – 2da versión anticipada -, dio nuevamente una prórroga  para las personas físicas que tributan en Régimen Simplificado de Confianza. 

Tres son los puntos en los que se amplian los plazos hasta el 2 de octubre 2023.

  1. Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO, podrán emitir sus CFDI a través de las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma. Fundamento. Art.Transitorio Vigésimo Quinto . RMF 2023
  2. Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO,  deberán contar con buzón tributario habilitado, a más tardar el 2 de octubre de 2023, si no lo hacen perderán el beneficio de pertenecer al Régimen Simplificado de Confianza. Fundamento. Art. Transitorio Vigésimo Sexto. RMF 2023
  3. Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO,  deberán tener su e.firma activa a más tardar el 2 de octubre de 2023. De lo contrario no podrán facturar. Fundamento Art. Transitorio Vigésimo Séptimo. RMF  2023