¿Qué sucede si el proveedor de bienes y/o servicios no emite la factura electrónica porque no se le entrega la Constancia de Situación Fiscal?
No es obligatorio, ni debe ser condicionada la expedición de la factura previo al envío de la misma. Un cliente puede proporcionar los datos fiscales a su proveedor de la manera que así lo considere o juzgue conveniente para que se le emita el CFDI, por lo que está prohibido que le condicionen la expedición del CFDI a la entrega de su Constancia Fiscal ya que no hay fundamento legal que lo exija así.
Este es uno de los cambios en el Código Fiscal de la Federación para 2026. El fundamento legal se localiza en el Artículo 83, fracción IX. “Expedir comprobantes fiscales digitales por Internet asentando la clave del registro federal de contribuyentes de persona distinta a la que adquiere el bien o el servicio o a la que contrate el uso o goce temporal de bienes; o bien, condicionando su emisión a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal”
¿Qué sucede si el proveedor de bienes y/o no emite la factura electrónica porque no se le entrega la Constancia de Situación Fiscal?
Si algún proveedor lo condiciona , se debe informar de esto ante el SAT, quien a su vez podrá establecer multas que van de $21 mil 420 pesos a $122 mil 440 pesos las primera ocasión. En incorporación fiscal, podrá ir de $2 mil 150 a $4 mil 270 pesos.
Si el proveedor reincide en dicha práctica podría el SAT sancionar clausurando preventivamente el establecimiento por un periodo de 3 a 15 días.
Art. 84 Fracción VI CFF 2026
¿Qué datos debo proporcionar para que emitan un CFDI?
La información que necesita el proveedor únicamente es:
- RFC
- Nombre completo y/o Razón Social (Tal cual se encuentra registrado en la Constancia de Situación Fiscal)
- Régimen Fiscal
- Código Postal (No es necesario proporcionar el domicilio fiscal)
- Uso de CFDI
- Correo electrónico
Fuentes: Proyecto CFF 2026, Notas Fiscales, noviembre 2025, Número 360, p.p.7