
Entérate de los días inhábiles para el próximo 2024
Los días feriados se consideran como descanso obligatorio. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece que estos son los días inhábiles para el 2024
El 1o. de enero;
El 5 de febrero;
El tercer lunes de marzo (18 ) en conmemoración del 21 de marzo;
El 28 y 29 de marzo serán días inhábiles para el SAT. –Publicado en el DOF el 29 de diciembre 23- RMF 2024 , Regla 2.1.6
El 1o. de mayo;
El 16 de septiembre
El tercer lunes de noviembre (18) en conmemoración del 20 de noviembre;
El 1o. de octubre transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
El 25 de diciembre, y
El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
Recuerda que en base al Art.75 de la LFT , si trabajas en un día feriado, independientemente del salario que te corresponde por el descanso obligatorio, te corresponde un salario doble por servicio prestado, estamos hablando de un salario triple.
Si el día de descanso obligatorio es domingo , el empleador adicional a lo anterior deberá cubrir la prima dominical ( art.71 LFT)
Estos son los días inhábiles en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social para diligencias o procedimientos administrativos que se tramitan o deban tramitarse en dicha dependencia además de sábados y domingos.
Enero: Lunes 1 Año Nuevo
Febrero: Lunes 5 en conmemoración del Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Marzo: Lunes 18 en conmemoración del 21 de marzo, Jueves 28 y Viernes 29
Mayo: Miércoles 1 y Viernes 10 (únicamente madres trabajadoras de nivel operativo)
Junio: Martes 25 en conmemoración del Día del empleado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (únicamente personal de base)
Septiembre: Lunes 16 en conmemoración de la Independencia de México
Noviembre: Lunes 18 en conmemoración del Inicio de la Revolución Mexicana
Diciembre: Miércoles 25 Navidad
Fuente: Diario Oficial de la Federación 20 de diciembre 2023
Estos son los días inhábiles en la Procuraduría de Defensa del Contribuyente PRODECON en estas fechas no se computan plazos, términos legales, actos, trámites y procedimientos administrativos. Adicional a los establecidos en el Art.74 LFT
Sábados y Domingos.
Lunes 5 de febrero.
Lunes 18 de marzo.
Miércoles 27, jueves 28 y viernes 29 de marzo.
Miércoles 1 de mayo.
Lunes 16 de septiembre.
Martes 1° de octubre, por corresponder a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, a que se refiere el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lunes 18 de noviembre.
Miércoles 25 de diciembre.
Para la recepción y tramitación de las solicitudes de Acuerdos Conclusivos, además de los señalados en el presente numeral, igualmente se consideran días inhábiles, los que comprenden los periodos generales de vacaciones del año 2024 del jueves 18 de julio al miércoles 31 de julio de 2024, reanudando labores el 01 de agosto del 2024, y como segundo periodo vacacional del jueves 19 de diciembre de 2024 al viernes 3 de enero de 2025, reanudando labores el lunes 6 de enero de 2025, por lo que en dichos períodos vacacionales, se suspenden y no correrán los plazos y términos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados o que deban sustanciarse en las unidades administrativas adscritas a esta Procuraduría, la suspensión incluye la recepción de documentos.