Entérate de los días inhábiles para el próximo 2024

Los días feriados se consideran como descanso obligatorio. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece que estos son los días inhábiles para el 2024

El 1o. de enero;

El 5 de febrero;

El tercer lunes de marzo (18 ) en conmemoración del 21 de marzo;

El 28 y 29 de marzo serán días inhábiles para el SAT. –Publicado en el DOF el 29 de diciembre 23- RMF 2024 , Regla 2.1.6

 El 1o. de mayo;

El 16 de septiembre

El tercer lunes de noviembre (18) en conmemoración del 20 de noviembre;

El 1o. de octubre transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

El 25 de diciembre, y

El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

Recuerda que en base al Art.75 de la LFT , si trabajas en un día feriado, independientemente del salario que te corresponde por el descanso obligatorio, te corresponde un salario doble por servicio prestado, estamos hablando de un salario triple. 

Si el día de descanso obligatorio es domingo , el empleador adicional a lo anterior deberá cubrir la prima dominical ( art.71 LFT)

Estos son los días inhábiles en la Secretaria del Trabajo y Previsión Social para diligencias o procedimientos administrativos que se tramitan o deban tramitarse en dicha dependencia además de sábados y domingos. 

Enero: Lunes 1 Año Nuevo

Febrero: Lunes 5 en conmemoración del Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los     Estados Unidos Mexicanos

Marzo: Lunes 18 en conmemoración del 21 de marzo, Jueves 28 y Viernes 29

Mayo: Miércoles 1 y Viernes 10 (únicamente madres trabajadoras de nivel operativo)

Junio: Martes 25 en conmemoración del Día del empleado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (únicamente personal de base)

Septiembre: Lunes 16 en conmemoración de la Independencia de México

Noviembre: Lunes 18 en conmemoración del Inicio de la Revolución Mexicana

Diciembre: Miércoles 25 Navidad

Fuente: Diario Oficial de la Federación 20 de diciembre 2023

Estos son los días inhábiles en la Procuraduría de Defensa del Contribuyente PRODECON en estas fechas no se computan plazos, términos legales, actos, trámites y procedimientos administrativos. Adicional a los establecidos en el Art.74 LFT

Sábados y Domingos.

Lunes 5 de febrero.

Lunes 18 de marzo.

Miércoles 27, jueves 28 y viernes 29 de marzo.

Miércoles 1 de mayo.

Lunes 16 de septiembre.

Martes 1° de octubre, por corresponder a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, a que se refiere el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Lunes 18 de noviembre.

Miércoles 25 de diciembre.

Para la recepción y tramitación de las solicitudes de Acuerdos Conclusivos, además de los señalados en el presente numeral, igualmente se consideran días inhábiles, los que comprenden los periodos generales de vacaciones del año 2024 del jueves 18 de julio al miércoles 31 de julio de 2024, reanudando labores el 01 de agosto del 2024, y como segundo periodo vacacional del jueves 19 de diciembre de 2024 al viernes 3 de enero de 2025, reanudando labores el lunes 6 de enero de 2025, por lo que en dichos períodos vacacionales, se suspenden y no correrán los plazos y términos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados o que deban sustanciarse en las unidades administrativas adscritas a esta Procuraduría, la suspensión incluye la recepción de documentos.

Fuente: Diario Oficial de la Federación 14 de diciembre 2023