
Aviso y fechas importantes para personas físicas que tributaron en Régimen Simplificado de Confianza y el SAT los actualizó a otro régimen
En la 4ta versión anticipada de la 2da Resolución de Modificaciones a la RMF 2024, el SAT indicó que los contribuyentes que tributaron en RESICO Régimen Simplificado de Confianza y les actualizaron sus obligaciones fiscales en el RFC a otro régimen por algún motivo, pueden nuevamente tributar en RESICO la condición es que sus ingresos del ejercicio inmediato anterior no hubiesen excedido 3,500,000.00 ( – tres millones quinientos mil pesos 00/100- )
Si el SAT actualizó las obligaciones fiscales en el RFC a un régimen distinto, el contribuyente podrá tributar desde la fecha en que el SAT actualizó las obligaciones fiscales, pero para ello es importante presentar un caso de aclaración a más tardar el 31 de diciembre 2024.
Si el contribuyente no ha tributado en este Régimen y cumple con los requisitos para hacerlo podrá tributar en este régimen fiscal a partir del 1 de enero del 2025, para hacerlo es importante presentar su aviso de actualización a más tardar el 31 de enero 2025.
Si el contribuyente presentó medio de defensa y aún no se dicta resolución o sentencia firme, el SAT realizará la actualización de obligaciones desde la fecha en que realizó el cambio. Ya no es necesario presentar caso de aclaración, toda vez que al interponer el medio de defensa se cumple el requisito.
Por último si ya tributas en RESICO y eres persona física es importante que ya cuentes con Firma Electrónica y buzón tributario activo.
Si te reactivaste, actualizaste o te inscribiste a este Régimen, el límite que otorga la autoridad para contar con Firma Electrónica y buzón activo es a más tardar dos meses después de que realizaste el cambio.