Entérate porqué es importante contar con la verificación del domicilio fiscal seas persona física y/o moral
Contar con la verificación del domicilio fiscal es una obligación de los contribuyentes que a su vez es requisito para diversos trámites, de ahí la importancia de saber si ante el SAT la persona moral o física se encuentra como LOCALIZADO ante la autoridad.
¿Qué se considera un domicilio fiscal?
Según el Artículo 10 del CFF, se considera como domicilio fiscal
I. Tratándose de personas físicas:
a) Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.
b) Cuando no realicen las actividades señaladas en el inciso anterior, el local que utilicen para el desempeño de sus actividades.
c) Únicamente en los casos en que la persona física, que realice actividades señaladas en los incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitación.
Para estos efectos, las autoridades fiscales harán del conocimiento del contribuyente en su casa habitación, que cuenta con un plazo de cinco días para acreditar que su domicilio corresponde a uno de los supuestos previstos en los incisos a) o b) de esta fracción.
Siempre que los contribuyentes no hayan manifestado alguno de los domicilios citados en los incisos anteriores o no hayan sido localizados en los mismos, se considerará como domicilio el que hayan manifestado a las entidades financieras o a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, cuando sean usuarios de los servicios que presten éstas.
II. En el caso de personas morales:
a) Cuando sean residentes en el país, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio.
b) Si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, dicho establecimiento; en el caso de varios establecimientos, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio en el país, o en su defecto el que designen.
Cuando los contribuyentes no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, o hubieran designado como domicilio fiscal un lugar distinto al que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este mismo precepto o cuando hayan manifestado un domicilio fictiio, las autoridades fiscales podrán practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades o en el lugar que conforme a este artículo se considere su domicilio, indistintamente.
¿Qué consecuencias puede traer no tener localizado el domicilio fiscal?
Cuando el SAT determine que la persona contribuyente se encuentra no localizada en el domicilio manifestado ante el RFC, puede producir diversas consecuencias, como:
- Tener por no presentadas las solicitudes de devolución,
- Restringir temporalmente o en su caso cancelar los CSD para la emisión de CFDI, o bien,
emitir respuestas desfavorables en los trámites de inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades, entre otros.
¿Qué sucede si desocupa o desparece un contribuyente sin dar aviso a la autoridad?
Desocupar o desaparecer del domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio ante el RFC, una vez iniciadas las facultades de comprobación o después de que la autoridad notifique un crédito fiscal que no se encuentre garantizado, pagado o dejado sin efectos, de actualizarse las hipótesis normativas puede tipificar un delito fiscal que se sanciona con prisión de tres meses a tres años, conforme a las disposiciones legales vigentes
¿Dónde puedo verificar que mi domicilio está como localizado?
Esta información está disponible en:
PASO 1
Página del SAT
PASO 2
Trámites y Servicios
https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites-y-servicios
PASO 3
RFC Personas Físicas o RFC Personas Morales ( según corresponda)
PASO 4
Información Adicional
En esta sección podrás :
- Verificar el estatus del domicilio fiscal en la sección :

2.- Solicitar una verificación de domicilio en la sección:

¿Cuáles son los comprobantes de domicilio aceptados por el SAT este 2025?

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Fuente: www.sat.gob.mx CFF Artículo 10 y Manual de Cumplimiento 2025 2da edición actualizada. PRODECON