
Plataforma Tecnológica a partir del 1 de junio 2020
1.- Deberás estar inscrito en el RFC.
En caso de no estar inscrito puedes hacerlo con tu CURP en este link: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/28753/obten-tu-rfc-con-la-clave-unica-de-registro-de-poblacion-curp
2.- Deberás contar con Contraseña y Firma Electrónica
- Deberás presentar tu Aviso de actualización de obligaciones según la Ficha de trámite 71 / CFF “Aviso de Actualización de actividades económicas y obligaciones” puedes hacerlo con Cita en el SAT o a través de internet para avisar al SAT el esquema que escogiste solo tienes dos opciones:
- esquema de retenciones definitivas o ( solo podrán optar por este esquema si se considera que se tendrán ingresos menores a 300 mil pesos al año, también podrás optar por esta opción si obtienes ingresos por sueldos y salarios y por intereses, en caso de obtener ingresos por otro régimen no podrás optar por este esquema)
- esquema de pagos provisionales para actividades relacionadas con ingresos por plataformas tecnológicas.
Si tributabas en Régimen de Incorporación Fiscal o Actividad Empresarial y percibes ingresos por plataformas tecnológicas, a partir del 1 de junio 2020 deberás de tributar de acuerdo a la Sección III , Capítulo II , Título IV “De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”.
Ya no podrás tributar como Régimen de Incorporación Fiscal , si percibes ingresos por plataformas digitales. Artículo 111, Fracción IV, Artículo Segundo , Fracción III y IV , Disposiciones Transitorias de la Ley ISR 2020
Importante: Cuando ya no vas a prestar más servicios por plataformas tecnológicas también debes dar aviso..
Si optas por el Esquema de retenciones definitivas y quieres hacer el trámite por internet estos son los pasos a seguir.
- Mi Portal en el siguiente link: https://bit.ly/326kQnr
- Acceso con RFC y contraseña
- Servicios por internet / Aclaraciones / Solicitud
- Etiqueta que deberás usar es: RETENCIÓN DEFINITIVA PLATAFORM
- En descripción deberás capturar lo siguiente:
Manifiesto que mis ingresos anuales a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares no rebasarán los 300 mil pesos y opto por que la retención de ISR e IVA que realizarán las plataformas tecnológicas sea considerado como Pago definitivo.
Manifiesto que Recibiré/No Recibiré pagos directamente de los usuarios de los servicios o de los adquirentes de bienes.
Manifiesto que a partir de DD/MM/AAAA obtengo ingresos a través de las siguientes plataformas tecnológicas: Denominación/Razón social, clave RFC.
Manifiesto que realizaré la(s ) siguientes actividades económicas* (escoger la que aplique del listado ) a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares; asimismo, se debe señalar el porcentaje total de ingresos por cada actividad económica.
Listado de Actividades Económicas
Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Servicio de entrega de alimentos preparados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares
Servicios de hospedaje a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Comercio bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Prestación de servicios contratados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Servicios de plataformas tecnológicas intermediarias, en las cuales se enajenan bienes y prestan de servicios a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
Creación y difusión de contenido o contenidos en formato digital, a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Servicio de entrega de bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Si tendrás otros ingresos, manifiéstalos; así como el porcentaje que representan dichos ingresos.
Importante: Las tasas de retención serán menores si estás inscrito en el RFC. Si no proporcionas tu RFC a la plataforma tecnológica la retención del IVA será del 100% y de ISR será del 20%. Este esquema de retenciones definitivas es solo para personas cuyos ingresos no rebasen los 300 mil pesos en el ejercicio puedes optar si tributas solo en régimen sueldos y salarios o si percibes intereses. Y recuerda que deberás permanecer en esta opción por un periodo de 5 años contados a partir de que presentas el aviso.
Si el contribuyente opta por retención definitiva y recibe pago en efectivo directamente del usuario deberá también declarar ese ingreso y presentar la declaración de ISR e IVA correspondiente en el mes.
Si optas por pagos definitivos no presentas declaración Anual, y en los cálculos mensuales no podrás deducir ningún gasto para el cálculo de ISR ni acreditar ningún gasto para el IVA.
Si optas o estás obligado por el Esquema de pagos provisionales y quieres hacer el trámite por internet estos son los pasos a seguir.
- Mi Portal en el siguiente link: https://bit.ly/3iUc172
- Acceso con RFC y contraseña
- Servicios por internet / Aclaraciones / Solicitud
- Etiqueta que deberás usar es: INGRESOS A TRAVÉS DE PLATAFORMA
- En descripción deberás capturar lo siguiente:
Manifiesto que mis ingresos anuales a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares (indicando alguno de los siguientes supuestos):
- Serán superiores a los 300 mil pesos ó
- No superarán los 300 mil pesos y opto porque la retención del ISR sea considerado como Pago Provisional.
Manifiesto que a partir de DD/MM/AAAA obtengo ingresos a través de las siguientes plataformas tecnológicas: Denominación/Razón social, clave RFC.
Manifiesto que realizaré las siguientes actividades económicas * (escoger la que aplique del listado ) a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares; asimismo, se debe señalar el porcentaje total de ingresos por cada actividad económica.
Listado de Actividades Económicas
Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Servicio de entrega de alimentos preparados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares
Servicios de hospedaje a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Comercio bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Prestación de servicios contratados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Servicios de plataformas tecnológicas intermediarias, en las cuales se enajenan bienes y prestan de servicios a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.
Creación y difusión de contenido o contenidos en formato digital, a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Servicio de entrega de bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
Si tendrás otros ingresos, manifiéstalos; así como el porcentaje que representan dichos ingresos.
Importante: Si escoges esta opción, podrás acreditar las retenciones que realice la plataforma tecnológica en tu cálculo mensual de pago provisional de ISR y pago definitivo IVA. Recuerda que estás obligado a presentar Declaración Anual y cumplir con las obligaciones del Título IV Capítulo II Sección I “ De las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales”
Dichas obligaciones son: Estar inscrito en el RFC, llevar contabilidad conforme CFF, expedir comprobantes fiscales que acrediten los ingresos percibidos, conservar contabilidad y comprobantes, presentación de declaración anual, realizar pagos provisionales. Fundamento : Artículos 106,109,110 y 152 LISR.
La presentación de las Declaraciones Mensuales se realiza en el siguiente link: Presenta tu declaración de pagos de personas físicas – Declaraciones – Portal de trámites y servicios – SAT
PORCENTAJE DE TASAS de RETENCIÓN SOBRE INGRESOS
- Las tasas de retención ISR actualmente son:
2.1 Prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes.
4% Prestación de servicios de hospedaje
1% Enajenación de bienes y prestación de servicios.
- La tasa de retención IVA es del 8%.
En este 2022 si tributas en este Régimen no puedes tributar como RESICO o Régimen de Confianza no son compatibles los regímenes. Regla 3.13.4 de la RMF 2022