Plataforma Tecnológica a partir del 1 de junio 2020

1.- Deberás estar inscrito en el RFC.

En caso de no estar inscrito puedes hacerlo con tu CURP en este link: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/28753/obten-tu-rfc-con-la-clave-unica-de-registro-de-poblacion-curp

2.- Deberás contar con Contraseña y Firma Electrónica

  • Deberás presentar tu Aviso de actualización de obligaciones según la Ficha de trámite 71 / CFF “Aviso de Actualización de actividades económicas y obligaciones” puedes hacerlo con Cita en el SAT o a través de internet para avisar al SAT el esquema que escogiste solo tienes dos opciones:
    1. esquema de retenciones definitivas o ( solo podrán optar por este esquema si se considera que se tendrán ingresos menores a 300 mil pesos al año, también podrás optar por esta opción si obtienes ingresos por sueldos y salarios y por intereses, en caso de obtener ingresos por otro régimen no podrás optar por este esquema)
    2. esquema de pagos provisionales para actividades relacionadas con ingresos por plataformas tecnológicas.

Si tributabas en Régimen de Incorporación Fiscal o Actividad Empresarial y percibes ingresos por plataformas tecnológicas, a partir del 1 de junio 2020 deberás de tributar de acuerdo a la Sección III , Capítulo II , Título IV “De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”.

Ya no podrás tributar como Régimen de Incorporación Fiscal , si percibes ingresos por plataformas digitales. Artículo 111, Fracción IV, Artículo Segundo , Fracción III y IV , Disposiciones Transitorias de la Ley ISR 2020

Importante: Cuando ya no vas a prestar más servicios por plataformas tecnológicas también debes dar aviso..

Si optas por el Esquema de retenciones definitivas  y quieres hacer el trámite por internet estos son los pasos a seguir.

  • Mi Portal en el siguiente link: https://bit.ly/326kQnr
  • Acceso con RFC y contraseña
  • Servicios por internet / Aclaraciones / Solicitud
  • Etiqueta que deberás usar es: RETENCIÓN DEFINITIVA PLATAFORM
  • En descripción deberás capturar lo siguiente:

Manifiesto que mis ingresos anuales a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares no rebasarán los 300 mil pesos y opto por que la retención de ISR e IVA que realizarán las plataformas tecnológicas sea considerado como Pago definitivo.

Manifiesto que Recibiré/No Recibiré pagos directamente de los usuarios de los servicios o de los adquirentes de bienes.

Manifiesto que a partir de DD/MM/AAAA obtengo ingresos a través de las siguientes plataformas tecnológicas: Denominación/Razón social, clave RFC.

Manifiesto que realizaré la(s ) siguientes actividades económicas* (escoger la que aplique del listado ) a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares; asimismo, se debe señalar el porcentaje total de ingresos por cada actividad económica.

Listado de Actividades Económicas

Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Servicio de entrega de alimentos preparados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares

Servicios de hospedaje a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Comercio bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Prestación de servicios contratados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Servicios de plataformas tecnológicas intermediarias, en las cuales se enajenan bienes y prestan de servicios a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.

Creación y difusión de contenido o contenidos en formato digital, a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Servicio de entrega de bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Si tendrás otros ingresos, manifiéstalos; así como el porcentaje que representan dichos ingresos.

Importante: Las tasas de retención serán menores si estás inscrito en el RFC. Si no proporcionas tu RFC a la plataforma tecnológica la retención del IVA será del 100% y de ISR será del 20%. Este esquema de retenciones definitivas es solo para personas cuyos ingresos no rebasen los 300 mil pesos en el ejercicio puedes optar si tributas solo en régimen sueldos y salarios o si  percibes intereses. Y recuerda que deberás permanecer en esta opción por un periodo de 5 años contados a partir de que presentas el aviso.

Si el contribuyente opta por retención definitiva y recibe pago en efectivo directamente del usuario deberá también declarar ese ingreso y  presentar la declaración de ISR e IVA correspondiente en el mes.

Si optas por pagos definitivos no presentas declaración Anual, y en los cálculos mensuales no podrás deducir ningún gasto para el cálculo de ISR ni acreditar ningún gasto para el IVA.

Si optas o estás obligado por el Esquema de pagos provisionales  y quieres hacer el trámite por internet estos son los pasos a seguir.

  • Mi Portal en el siguiente link: https://bit.ly/3iUc172
  • Acceso con RFC y contraseña
  • Servicios por internet / Aclaraciones / Solicitud
  • Etiqueta que deberás usar es: INGRESOS A TRAVÉS DE PLATAFORMA
  • En descripción deberás capturar lo siguiente:

Manifiesto que mis ingresos anuales a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares (indicando alguno de los siguientes supuestos):

  • Serán superiores a los 300 mil pesos ó
  • No superarán los 300 mil pesos y opto porque la retención del ISR sea considerado como Pago Provisional.

Manifiesto que a partir de DD/MM/AAAA obtengo ingresos a través de las siguientes plataformas tecnológicas: Denominación/Razón social, clave RFC.

 Manifiesto que realizaré las siguientes actividades económicas * (escoger la que aplique del listado ) a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares; asimismo, se debe señalar el porcentaje total de ingresos por cada actividad económica.

Listado de Actividades Económicas

Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Servicio de entrega de alimentos preparados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares

Servicios de hospedaje a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Comercio bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Prestación de servicios contratados a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Servicios de plataformas tecnológicas intermediarias, en las cuales se enajenan bienes y prestan de servicios a través de Internet, aplicaciones informáticas y similares.

Creación y difusión de contenido o contenidos en formato digital, a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Servicio de entrega de bienes a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Si tendrás otros ingresos, manifiéstalos; así como el porcentaje que representan dichos ingresos.

Importante: Si escoges esta opción,  podrás acreditar las retenciones que realice la plataforma tecnológica en tu cálculo mensual de pago provisional de ISR y pago definitivo IVA. Recuerda que estás obligado a presentar Declaración Anual y cumplir con las obligaciones del Título IV Capítulo II Sección I “ De las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales”

Dichas obligaciones son: Estar inscrito en el RFC, llevar contabilidad conforme CFF, expedir comprobantes fiscales que acrediten los ingresos percibidos, conservar contabilidad y comprobantes, presentación de declaración anual, realizar pagos provisionales. Fundamento : Artículos 106,109,110 y 152 LISR.

La presentación de las Declaraciones Mensuales se realiza en el siguiente link: Presenta tu declaración de pagos de personas físicas – Declaraciones – Portal de trámites y servicios – SAT

PORCENTAJE DE TASAS de RETENCIÓN SOBRE INGRESOS

  • Las tasas de retención ISR actualmente son:

2.1 Prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes.

4% Prestación de servicios de hospedaje

1% Enajenación de bienes y prestación de servicios.

  • La tasa de retención IVA es del 8%.

En este 2022 si tributas en este Régimen no puedes tributar como RESICO o Régimen de Confianza no son compatibles los regímenes.  Regla 3.13.4 de la RMF 2022

Si tienes alguna duda contáctanos ggeyne@dmgconsultores.mx


Fuentes: www.sat.gob..mx, www.prodecon.gob.mx